{"id":1110,"date":"2022-09-19T19:47:38","date_gmt":"2022-09-20T00:47:38","guid":{"rendered":"https:\/\/cuidadoseguro.com.co\/csc3\/?page_id=1110"},"modified":"2022-11-21T15:03:45","modified_gmt":"2022-11-21T20:03:45","slug":"reglamento-de-operacion","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/cuidadoseguro.com.co\/csc3\/reglamento-de-operacion\/","title":{"rendered":"Reglamento de Operaci\u00f3n"},"content":{"rendered":"<style>.elementor-1110 .elementor-element.elementor-element-298f2191 > .elementor-container{max-width:1170px;}.elementor-1110 .elementor-element.elementor-element-298f2191 > .elementor-container > .elementor-column > .elementor-widget-wrap{align-content:center;align-items:center;}.elementor-1110 .elementor-element.elementor-element-298f2191:not(.elementor-motion-effects-element-type-background), .elementor-1110 .elementor-element.elementor-element-298f2191 > .elementor-motion-effects-container > 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class=\"elementor-heading-title elementor-size-default\">Reglamento De La Junta Directiva<\/h2>\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-element elementor-element-fb60c9b elementor-widget elementor-widget-text-editor\" data-id=\"fb60c9b\" data-element_type=\"widget\" data-e-type=\"widget\" data-widget_type=\"text-editor.default\">\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-widget-container\">\n\t\t\t\t\t\t\t\t\t<p style=\"text-align: center;\"><strong>PRE\u00c1MBULO<\/strong><\/p><p>IPS CUIDADO SEGURO EN CASA S.A. es consciente de la importancia del rol de la Junta Directiva dentro de su actividad. Como \u00f3rgano de administraci\u00f3n, tiene un car\u00e1cter deliberante, profesional, y es garante de los derechos de todos los accionistas. En este sentido, la Junta Directiva de la IPS tiene unas funciones esenciales e irrenunciables relacionadas con la estrategia de la Instituci\u00f3n, la supervisi\u00f3n de temas clave para su desarrollo y sostenibilidad, as\u00ed como el control de sus negocios y gobierno.<\/p><p>Como m\u00e1ximo \u00f3rgano de administraci\u00f3n, y en concordancia con el art\u00edculo 46 de los Estatutos sociales, en la Junta Directiva se entiende delegado el m\u00e1s amplio mandato para administrar la Sociedad y por consiguiente, tendr\u00e1 atribuciones suficientes para ordenar que se ejecute o celebre cualquier acto o contrato comprendido dentro del objeto social y para adoptar las determinaciones necesarias en orden a que IPS CUIDADO SEGURO EN CASA S.A. cumpla sus fines.<\/p><p>A continuaci\u00f3n, se establece el Reglamento Interno de la Junta Directiva de IPS CUIDADO SEGURO EN CASA S.A., que regula su organizaci\u00f3n y funcionamiento, las funciones y responsabilidades de sus miembros, de su Presidente y del Secretario, as\u00ed como sus deberes y derechos.<\/p><p>Este reglamento ser\u00e1 vinculante y deber\u00e1 ser difundido a los Accionistas a trav\u00e9s de la p\u00e1gina web de la Sociedad.<\/p><p style=\"text-align: center;\"><strong>CAP\u00cdTULO I. Sobre la Junta Directiva<\/strong><\/p><p><strong>ART. 1<\/strong>&#8211; <strong>COMPOSICI\u00d3N. <\/strong>La Junta Directiva la integran tres (3) Miembros Principales elegidos por la Asamblea General de Accionistas para un per\u00edodo de tres (3) a\u00f1os, sin perjuicio de que puedan ser removidos libremente por la Asamblea o reelegidos indefinidamente. Simult\u00e1neamente con la elecci\u00f3n de los principales, la Asamblea elegir\u00e1 tres (3) suplentes de n\u00famero, los cuales en el orden de su designaci\u00f3n reemplazaran a los principales en sus faltas absolutas o temporales.<\/p><p>La Instituci\u00f3n reconoce la importancia de contar con una Junta Directiva diversa, esto es, personas con diferentes conocimientos, perspectivas, creencias, g\u00e9nero, origen \u00e9tnico, preferencia pol\u00edtica, habilidades profesionales y personales que promueva el an\u00e1lisis y enriquezcan los debates con distintos puntos de vista para la toma de decisiones.<\/p><p>Bajo este entendimiento, los accionistas propender\u00e1n que, en la elaboraci\u00f3n de las listas de candidatos a miembros de la Junta Directiva que se someter\u00e1n a consideraci\u00f3n de la Asamblea General de Accionistas, se tengan en cuenta los mencionados criterios.<\/p><p><strong>ART. 2- ORIGEN DE LOS MIEMBROS DE JUNTA DIRECTIVA<\/strong>. Seg\u00fan su origen, los distintos miembros de la Junta Directiva se clasificar\u00e1n de la siguiente manera:<\/p><ol><li><strong>Miembros Independientes:<\/strong> Corresponde a aquellos miembros de la Junta que cumplan con los requisitos establecidos en la legislaci\u00f3n y regulaci\u00f3n aplicables para ser considerados como independientes.<\/li><\/ol><ol><li><strong>Miembros No Independientes:<\/strong> Corresponde a aquellos miembros de la Junta que no cumplan con los requisitos establecidos en la legislaci\u00f3n y regulaci\u00f3n aplicables para ser considerados como Independientes. A su vez, estos miembros de la Junta Directiva se podr\u00e1n clasificar adem\u00e1s como:<\/li><\/ol><ol><li><strong>Miembros Patrimoniales:<\/strong> Corresponde a aquellos Miembros No Independientes que sean accionistas de la Sociedad o hubieren sido expresamente postulados por un accionista persona jur\u00eddica o natural o grupo de accionistas para integrar la Junta Directiva.<\/li><li><strong>Miembros Ejecutivos:<\/strong> Corresponde a aquellos Miembros No Independientes que ostenten la calidad de representantes legales de la Sociedad o hagan parte de la alta gerencia de esta.<\/li><\/ol><p>El n\u00famero de Miembros Independientes de la Junta Directiva ser\u00e1 m\u00ednimo uno (1). \u00a0Los Miembros Independientes y Patrimoniales ser\u00e1n siempre mayor\u00eda respecto a los Miembros Ejecutivos. Para la elecci\u00f3n de la Junta Directiva se dar\u00e1 aplicaci\u00f3n al sistema del cuociente electoral, en la forma prescrita por la Ley, a menos que la elecci\u00f3n se produzca por unanimidad de los votos correspondientes a las acciones representadas en la reuni\u00f3n.<\/p><p>Una vez elegidos los miembros de Junta Directiva, sus hojas de vida se conservan siguiendo las normas legales y se encuentran a disposici\u00f3n de quien pueda consultarlas de acuerdo con tales normas. As\u00ed mismo, en la p\u00e1gina web de la Instituci\u00f3n se identifica para cada uno, su condici\u00f3n de Miembro Ejecutivo, Miembro Independiente o Miembro Patrimonial.<\/p><p><strong>PARAGR\u00c1FO PRIMERO<\/strong>. De acuerdo con la CE 003 de 2018 emitida por la Superintendencia Nacional de Salud, se considera Miembro Independiente de la Junta Directiva, quien en ning\u00fan caso sea:<\/p><ol><li>Empleado o directivo de Ia IPS, o de alguna de sus filiales, subsidiarias o controlantes, incluyendo aquellas personas que hubieren tenido tal calidad durante el a\u00f1o inmediatamente anterior a la designaci\u00f3n, salvo que se trate de Ia reelecci\u00f3n de una persona independiente.<\/li><li>Accionista que directamente o en virtud de convenio dirija, orienten o controlen Ia mayor\u00eda de los derechos de voto de Ia entidad o que determine Ia composici\u00f3n mayoritaria de los \u00f3rganos de administraci\u00f3n, de direcci\u00f3n a de control de esta.<\/li><li>Socio o empleado de asociaciones o sociedades que presten servicios de asesor\u00eda o consultor\u00eda a Ia IPS, cuando los ingresos por dicho concepto representen para aquellos, el veinte por ciento (20%) o m\u00e1s de sus ingresos operacionales.<\/li><\/ol><ol><li>Empleado o directivo de una fundaci\u00f3n, asociaci\u00f3n o sociedad que reciba donativos importantes de Ia IPS. Se consideran donativos importantes aquellos que representen m\u00e9s del veinte por ciento (20%) del total de donativos recibidos por Ia respectiva instituci\u00f3n.<\/li><li>Administrador de una entidad en cuya Junta Directiva participe un Representante Legal (Principal o Suplente) de Ia IPS.<\/li><li>Persona natural que reciba directamente de Ia IPS alguna remuneraci\u00f3n diferente a los honorarios como miembro de Ia Junta Directiva, del Comit\u00e9 de Contralor\u00eda Interna o de cualquier otro Comit\u00e9 creado por la Junta Directiva.<\/li><\/ol><p><strong>ART.3- CRITERIOS DE SELECCI\u00d3N.<\/strong> Adicional a los criterios generales establecidos en el C\u00f3digo de Conducta y de Buen Gobierno de la IPS, la Asamblea de Accionistas tendr\u00e1 en cuenta los siguientes aspectos:<\/p><ol><li>La edad m\u00e1xima de elecci\u00f3n para ingresar a la Junta Directiva ser\u00e1 de 70 a\u00f1os.<\/li><li>El candidato deber\u00e1 acreditar experiencia en participaci\u00f3n en Juntas Directivas de empresas comparables a nivel nacional o internacional.<\/li><li>El interesado no podr\u00e1, directa o por interpuesta persona, participar en actividades que impliquen competencia con la Instituci\u00f3n.<\/li><li>El empleado, socio, c\u00f3nyuge o compa\u00f1ero permanente, o quien tenga relaci\u00f3n de parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil con contrapartes litigiosas de la IPS, no podr\u00e1 ser considerado como aspirante.<\/li><li>La persona que al momento de la elecci\u00f3n tenga la calidad de miembro de Junta Directiva en 5 sociedades an\u00f3nimas colombianas, no podr\u00e1 ser considerado, salvo que expresamente manifieste su intenci\u00f3n de renunciar a una de ellas en caso de ser elegido.<\/li><\/ol><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>PAR\u00c1GRAFO PRIMERO.<\/strong> No podr\u00e1 haber en la Junta Directiva una mayor\u00eda cualquiera formada por personas ligadas entre s\u00ed por matrimonio o uni\u00f3n libre, o por parentesco dentro del tercer grado de consanguinidad o segundo de afinidad o primero civil. Ser\u00e1n absolutamente ineficaces las decisiones que se adopten en contravenci\u00f3n a esta prohibici\u00f3n.<\/p><p><strong>ART. 4- PERFIL DE LOS MIEMBROS DE JUNTA DIRECTIVA. <\/strong>La Instituci\u00f3n deber\u00e1 contar con un equipo de Junta Directiva de amplia y reconocida trayectoria profesional, as\u00ed como de gran honorabilidad y destacadas cualidades personales y morales.<\/p><p>Los siguientes son los elementos que deben ser cubiertos por la combinaci\u00f3n de los miembros de Junta Directiva, para alinear los perfiles con la estrategia y los est\u00e1ndares internacionales:<\/p><ol><li>Conocimiento profundo y aplicado del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS).<\/li><li>Experiencia profunda en el \u00e1rea de Auditor\u00eda y Riesgos.<\/li><li>Experiencia empresarial en cargos de Alta Gerencia.<\/li><li>Experiencia relevante en crecimiento, innovaci\u00f3n y nuevos negocios de inversi\u00f3n.<\/li><li>Conocimiento profundo y aplicado en Gobierno Corporativo y Sostenibilidad.<\/li><li>Experiencia relevante en la Gesti\u00f3n del Talento Humano.<\/li><\/ol><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>ART. 5- PRESENTACI\u00d3N DE PROPUESTAS. <\/strong>Conforme a lo establecido en los estatutos, los accionistas podr\u00e1n presentar candidatos dentro de los 5 d\u00edas comunes siguientes a la convocatoria de la Asamblea, en la Gerencia General de la IPS. La propuesta deber\u00e1 estar acompa\u00f1ada de los siguientes documentos suscritos por cada uno de los candidatos:<\/p><ol><li>Hoja de vida en la cual se indique, como m\u00ednimo, estudios realizados, cargos desempe\u00f1ados y Juntas Directivas a las que pertenece y ha pertenecido.<\/li><li>Carta de aceptaci\u00f3n de su inclusi\u00f3n en la lista.<\/li><li>Declaraci\u00f3n de potenciales conflictos de inter\u00e9s.<\/li><li>Adicionalmente los candidatos a miembros Independientes deber\u00e1n adjuntar Declaraci\u00f3n de cumplimiento de requisitos de independencia frente a la Instituci\u00f3n.<\/li><\/ol><p>Una vez recibidas las propuestas, el Comit\u00e9 de Gobierno Organizacional proceder\u00e1 a efectuar la evaluaci\u00f3n para determinar si los candidatos se ajustan al perfil y cumplen con los criterios de selecci\u00f3n y de independencia establecidos en el C\u00f3digo de Conducta y de Buen Gobierno de la IPS.<\/p><p><strong>PARAGR\u00c1FO PRIMERO.<\/strong> Si con antelaci\u00f3n a la celebraci\u00f3n de la Asamblea General de Accionistas, alguno de los asociados ha entregado a la Instituci\u00f3n una propuesta de candidatos a integrar la Junta Directiva, dicha propuesta se pondr\u00e1 a disposici\u00f3n de los dem\u00e1s accionistas junto con los documentos sobre los cuales se puede ejercer el derecho de inspecci\u00f3n consagrado en el C\u00f3digo de Comercio.<\/p><p><strong>ART. 6- INSTALACI\u00d3N DE LA JUNTA DIRECTIVA Y DECLARACIONES. <\/strong>A la fecha de su nombramiento, cada Miembro de Junta Directiva debe contar con su carta de aceptaci\u00f3n en la que se resumen los compromisos que este asume con la Instituci\u00f3n. Esta carta, aborda el plazo del nombramiento, deberes y derechos, compromisos estimados de tiempo, programa de inducci\u00f3n, remuneraci\u00f3n, gastos, devoluci\u00f3n de documentos, terminaci\u00f3n de la designaci\u00f3n, p\u00f3lizas de responsabilidad civil de administradores y directivos; reuniones estimadas, conflicto de inter\u00e9s; aceptaci\u00f3n de los Lineamientos internos de la IPS y sujeci\u00f3n a los principios de esta (Estatutos, Reglamentos, C\u00f3digo de Conducta y de Buen Gobierno, entre otros). Al firmar la Carta de Aceptaci\u00f3n se deja constancia del recibo y\/o capacitaci\u00f3n sobre su contenido. En el caso de los Miembros Independientes, la Carta de Aceptaci\u00f3n de la Junta Directiva incluir\u00e1 su declaraci\u00f3n de independencia y cumplimiento de los requisitos establecidos por la Instituci\u00f3n para integrarse en esta categor\u00eda.<\/p><p>Al momento de posesionarse, los Miembros de la Junta Directiva hacen una declaraci\u00f3n juramentada de su compromiso de obrar en el inter\u00e9s general de la Instituci\u00f3n y sus usuarios, en un ejercicio de m\u00e1xima transparencia, y no en el inter\u00e9s particular de alg\u00fan miembro de la Asamblea General de Accionistas de la Instituci\u00f3n.<\/p><p>Asimismo, todos los Miembros de la Junta deben firmar un documento de confidencialidad con relaci\u00f3n a la informaci\u00f3n que se recibe y se discute en cada una de sus reuniones. Designada la Junta Directiva, \u00e9sta se instalar\u00e1 en la sesi\u00f3n siguiente al momento en que se hubiere posesionado. En esta sesi\u00f3n de la Junta Directiva se proceder\u00e1 a designar al Presidente \u00a0y al Secretario de la Junta.<\/p><p>Cuando un miembro de la Junta Directiva sea nombrado por primera vez, la Instituci\u00f3n pondr\u00e1 a su disposici\u00f3n la informaci\u00f3n suficiente para que pueda tener un conocimiento espec\u00edfico respecto de IPS Cuidado Seguro en Casa S.A. y del sector salud en nuestro pa\u00eds; as\u00ed como aquella informaci\u00f3n relacionada con las responsabilidades, obligaciones y atribuciones que se derivan del cargo. Para el efecto, entregar\u00e1 copia de los estatutos y del C\u00f3digo de Conducta y de Buen Gobierno y sus anexos.<\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p style=\"text-align: center;\"><strong>CAPITULO II. ORGANIZACI\u00d3N Y FUNCIONAMIENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA<\/strong><\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>ART. 7- <\/strong>\u00a0<strong>REUNIONES.<\/strong> La Junta Directiva se reunir\u00e1 de manera ordinaria, por lo menos, semestralmente, y deber\u00e1 reunirse adem\u00e1s cuantas veces as\u00ed lo disponga la misma Junta, o cuando sea citada por el Presidente, por el Gerente, por el Revisor Fiscal o por dos (2) de sus miembros que act\u00faen como principales.<\/p><p>Las reuniones se efectuar\u00e1n en el domicilio social o en el lugar que, para casos especiales, acuerde la misma Junta.<\/p><p>La Junta Directiva podra reunirse de manera no presencial o expresando el sentido del voto por escrito en los t\u00e9rminos y condiciones previstos en la Ley.<\/p><p><strong>ART. 8- QU\u00d3RUM Y ASISTENTES.<\/strong> La Junta deliberar\u00e1 y decidir\u00e1 v\u00e1lidamente con la presencia y los votos de la mayor\u00eda de sus miembros, salvo en los casos en que los estatutos o las leyes exijan unanimidad o una mayor\u00eda superior. A las reuniones de la Junta Directiva concurrir\u00e1n el Gerente General y el Secretario con voz pero sin voto, a menos que sean miembros de la Junta Directiva; tambi\u00e9n podr\u00e1n asistir los miembros de la Alta Gerencia y Colaboradores de la IPS que la Junta Directiva invite y el Revisor Fiscal.<\/p><p><strong>ART. 9- PLANEACI\u00d3N DE LOS TEMAS A TRATAR.<\/strong> Al inicio de cada ejercicio anual, la Junta deber\u00e1 elaborar la programaci\u00f3n correspondiente al a\u00f1o, a efectos de que la misma se ocupe de todas las funciones que legal y estatutariamente le corresponden. En el mismo tiempo el Presidente de la Junta, conjuntamente con el Secretario y el Gerente general de la Instituci\u00f3n, revisar\u00e1n el plan de trabajo de la Junta Directiva, el cual incluir\u00e1 el cronograma de las reuniones ordinarias de Junta, la duraci\u00f3n estimada y los temas a tratar.<\/p><p>La Junta Directiva tendr\u00e1 una o dos reuniones por a\u00f1o con un foco orientado a la definici\u00f3n y seguimiento de la estrategia de la IPS.<\/p><p>El Presidente de la Junta velar\u00e1 por que las discusiones sean abiertas y se construyan a partir de la activa y efectiva participaci\u00f3n de todos los miembros y la diversidad de criterios y opiniones.<\/p><p><strong>ART. 10- CONVOCATORIA. <\/strong>La Junta podr\u00e1 ser convocada por ella misma, por su Presidente, por el Gerente general de la Instituci\u00f3n, por el Revisor Fiscal o por dos de sus miembros, directamente o a trav\u00e9s del Secretario de la Junta Directiva. Debe ser convocada por lo menos con tres d\u00edas de antelaci\u00f3n a trav\u00e9s de correo electr\u00f3nico \u00f3 f\u00edsico. La convocatoria deber\u00e1 se\u00f1alar el orden del d\u00eda, el cual es definido en coordinaci\u00f3n con el Presidente de la Junta Directiva, quien se asegurar\u00e1 de que el orden del d\u00eda de las reuniones se estructure siguiendo los par\u00e1metros establecidos por la ley y la regulaci\u00f3n interna, incluyendo como puntos la verificaci\u00f3n del qu\u00f3rum y la aprobaci\u00f3n del orden del d\u00eda, dando un orden l\u00f3gico de presentaci\u00f3n de temas y debates.<\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>ART. 11- INFORMAC\u00d3N.<\/strong> Los miembros de la Junta tendr\u00e1n acceso a la informaci\u00f3n que ser\u00e1 objeto de la reuni\u00f3n con una antelaci\u00f3n no inferior a cinco (5) d\u00edas comunes. Esta informaci\u00f3n podr\u00e1 ser suministrada por medios electr\u00f3nicos<\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>ART. 12- ACTAS.<\/strong> De todas las reuniones se har\u00e1n actas que ser\u00e1n llevadas en un Libro registrado en la C\u00e1mara de Comercio del domicilio social, y en ellas se dejar\u00e1 constancia de la fecha, hora y lugar de la reuni\u00f3n, el nombre de los asistentes con indicaci\u00f3n de su car\u00e1cter de principales o suplentes, los asuntos tratados, las decisiones, adoptadas y el n\u00famero de votos emitidos a favor, en contra o en blanco, las constancias dejadas por los asistentes, las designaciones efectuadas y la fecha y hora de su clausura.<\/p><p>Las actas ser\u00e1n firmadas por el Presidente de la respectiva reuni\u00f3n, por el Secretario que hubiere actuado en ella y por los miembros asistentes a la reuni\u00f3n en que sea aprobada.<\/p><p><strong>ART. 13- REMUNERACI\u00d3N.<\/strong> La remuneraci\u00f3n de los miembros de la Junta Directiva es fijada por la Asamblea General de Accionistas. Para estos efectos, deber\u00e1n tenerse en cuenta los siguientes aspectos:<\/p><ol><li>Estructura de la Junta Directiva.<\/li><li>Obligaciones y responsabilidades.<\/li><li>Cualidades personales, profesionales y experiencia en cargos de alta responsabilidad.<\/li><li>Tiempo que se debe dedicar a la actividad.<\/li><li>Participaci\u00f3n en los diferentes comit\u00e9s de la Junta Directiva.<\/li><li>Responsabilidad legal de acuerdo con la normatividad vigente aplicable.<\/li><li>Referenciaci\u00f3n con otras empresas comparables a nivel nacional e internacional.<\/li><\/ol><p>Los honorarios ser\u00e1n iguales para todos los integrantes de la Junta.<\/p><p><strong>ART. 14- COSTOS<\/strong>. La IPS asumir\u00e1 los costos razonables para que los miembros de la Junta Directiva puedan desarrollar adecuadamente sus funciones, entre los cuales se encuentran los relacionados con formaci\u00f3n, gastos de viaje, alojamiento, transportes terrestres, suministro de tecnolog\u00eda, env\u00edo de informaci\u00f3n, prima de p\u00f3liza de directores y administradores, excepcionalmente la contrataci\u00f3n de asesores externos que requiera la Junta Directiva, etc.<\/p><p>El Gerente general anualmente presentar\u00e1 a la Asamblea de Accionistas la propuesta de presupuesto para atender estos costos, as\u00ed como un informe de la ejecuci\u00f3n del presupuesto aprobado en el a\u00f1o inmediatamente anterior.<\/p><p><strong>ART. 15- ASISTENCIA M\u00cdNIMA A LAS REUNIONES. <\/strong>Los miembros de Junta Directiva deber\u00e1n asistir como m\u00ednimo al ochenta por ciento (80%) de las reuniones de dicho \u00f3rgano en el a\u00f1o, salvo que cuenten con una excusa v\u00e1lida.<\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p style=\"text-align: center;\"><strong>CAP\u00cdTULO III. funciones y Responsabilidades de la Junta Directiva<\/strong><\/p><p><strong>ART. 16- FUNCIONES. <\/strong>En la Junta Directiva se entiende delegado el mandato de administrar la sociedad y, por consiguiente, tendr\u00e1 atribuciones para ordenar que se ejecute o celebre cualquier acto o contrato comprendido dentro del objeto social y para adoptar las determinaciones necesarias en cumplimiento de los fines sociales de la sociedad, y de manera especial tendr\u00e1 las siguientes funciones:<\/p><ol><li>Reglamentar la colocaci\u00f3n de acciones en reserva de acuerdo con los requisitos legales y las normas de estos estatutos, y fijar el valor de los aportes en especie cuando la sociedad reciba bienes diferentes de dinero para el pago de la suscripci\u00f3n de acciones de industria.<\/li><li>Convocar la Asamblea de Accionistas a reuniones ordinarias, y extraordinariamente siempre que lo exijan las necesidades imprevistas o urgentes de la sociedad o lo soliciten accionistas que representen no menos de la quinta parte (1\/5) de las acciones suscritas.<\/li><li>Crear los empleos que juzgue necesarios para la buena marcha de la empresa, se\u00f1alar sus funciones, fijar sus asignaciones o la forma de su retribuci\u00f3n, nombrar y remover libremente a los empleados de la sociedad, excepto aquellos cuyo nombramiento o remoci\u00f3n corresponda a la Asamblea General de Accionistas.<\/li><li>Nombrar y remover libremente al Gerente General y fijar su remuneraci\u00f3n.<\/li><li>Considerar y analizar los balances de prueba, lo mismo que aprobar previamente el balance general de fin de ejercicio, el informe de la administraci\u00f3n y el proyecto sobre distribuci\u00f3n de utilidades o cancelaci\u00f3n de p\u00e9rdidas que debe presentar a la Asamblea General en sus reuniones ordinarias.<\/li><li>Disponer el establecimiento o clausura de sucursales o agencias, dentro o fuera del domicilio social.<\/li><li>Fijar las Pol\u00edticas de la sociedad en los diferentes \u00f3rdenes de su actividad, especialmente en materia financiera, econ\u00f3mica y laboral, aprobar planes de inversi\u00f3n y de producci\u00f3n, establecer normas generales en materia de precios y de venta, dictar normas para la organizaci\u00f3n y el funcionamiento de las dependencias de la sociedad.<\/li><li>Determinar la aplicaci\u00f3n que deba darse a las utilidades que, con el car\u00e1cter de reservas de inversi\u00f3n, hayan sido aprobadas por la Asamblea de Accionistas para el aprovechamiento de incentivos establecidos por las leyes fiscales.<\/li><li>Autorizar previamente las operaciones que tengan por objeto:<ol><li>Adquirir, hipotecar y en cualquier forma gravar o limitar el dominio de bienes ra\u00edces, cualquiera que sea su cuant\u00eda.<\/li><li>Constituir prenda sobre los bienes sociales o darlos en anticresis, hacer inversiones en bienes de capital o efectuar reparaciones o mejoras de estos, cuando unas u otras impliquen, en cada caso, costos o desembolsos de cuant\u00edas igual o superior a DOS MIL MILLONES DE PESOS ($2.000.000.000.00).<\/li><\/ol><\/li><\/ol><ul><li>Tomar dinero en mutuo en cuant\u00eda igual o superior DOS MIL MILLONES DE PESOS ($2.000.000.000.00) y celebrar contratos, sea cual fuere su naturaleza, cuya cuant\u00eda exceda de la indicada suma.<\/li><\/ul><ol><li>Autorizar, por v\u00eda general, liberalidades, beneficios o prestaciones de car\u00e1cter extralegal a favor del personal de la sociedad.<\/li><li>Decidir en caso de mora de alg\u00fan accionista para el pago de instalamentos pendientes sobre acciones que hubiere suscrito.<\/li><li>Conceder autorizaciones al Gerente y a los miembros de Junta Directiva, en los casos y con los requisitos exigidos por la Ley, para enajenar o adquirir acciones de la sociedad.<\/li><\/ol><ol><li>Autorizar al Gerente para que solicite, llegado el caso, que se admita a la sociedad la celebraci\u00f3n de concordato preventivo con sus acreedores.<\/li><li>Definir Ia orientaci\u00f3n estrat\u00e9gica de Ia entidad y su cobertura geogr\u00e1fica, en el contexto de Ia regulaci\u00f3n que le es aplicable y hacerle seguimiento peri\u00f3dico.<\/li><li>Medir y evaluar de forma peri\u00f3dica, Ia calidad de los servicios de salud prestados y de los procesos de atenci\u00f3n al usuario.<\/li><li>Realizar Ia planeaci\u00f3n financiera y Ia gesti\u00f3n de los recursos necesarios para el cumplimiento de Ia misi\u00f3n de Ia entidad.<\/li><li>Aprobar el presupuesto anual y el Plan de Desarrollo Institucional &#8211; PDI.<\/li><li>Establecer planes de sistemas de informaci\u00f3n para cumplir los objetivos de Ia entidad y los requerimientos de las autoridades, los pagadores y los usuarios, y supervisar su implementaci\u00f3n.<\/li><li>Hacer Ia propuesta a Ia Asamblea General para Ia designaci\u00f3n del Revisor Fiscal, previo el an\u00e1lisis de experiencia y disponibilidad de tiempo, recursos humanos y recursos t\u00e9cnicos necesarios para su labor.<\/li><li>Establecer las pol\u00edticas de informaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n con los grupos de inter\u00e9s de la entidad, incluyendo: los pacientes y sus familias, el cuerpo m\u00e9dico, las autoridades nacionales y locales, los pagadores y los proveedores.<\/li><li>Proponer Ia pol\u00edtica general de remuneraci\u00f3n de Ia Junta Directiva y de la Alta Gerencia.<\/li><li>Proponer la pol\u00edtica de sucesi\u00f3n de la Junta Directiva.<\/li><li>Proponer los principios y los procedimientos para Ia selecci\u00f3n de miembros de la Alta Gerencia y de Ia Junta Directiva de Ia entidad, Ia definici\u00f3n de sus funciones y responsabilidades, Ia forma de organizarse y deliberar, y las instancias para evaluaci\u00f3n y rendici\u00f3n de cuentas.<\/li><li>Revisar y aprobar las pol\u00edticas referentes con los sistemas de denuncias an\u00f3nimas.<\/li><li>Conocer y administrar los conflictos de inter\u00e9s entre Ia IPS, miembros de la Asamblea General de Accionistas, miembros de Ia Junta Directiva y la Alta Gerencia.<\/li><li>Revisar peri\u00f3dicamente estos estatutos y, cuando se requiera, proponer las reformas necesarias a la Asamblea General.<\/li><li>Establecer y aprobar:<\/li><li>Pol\u00edtica de inversiones en activos de la entidad.<\/li><li>Pol\u00edtica de compras que sobrepasen cierto monto.<\/li><\/ol><ul><li>Transacciones con bienes inmobiliarios.<\/li><\/ul><ol><li>Pol\u00edtica de orientaci\u00f3n formal que deben recibir los miembros de Ia Junta Directiva.<\/li><li>Pol\u00edtica para permitir que se hagan denuncias ante sospechas de comportamientos no adecuados por parte de otros miembros de Ia Junta Directiva o de empleados de Ia organizaci\u00f3n.<\/li><li>Constituir los comit\u00e9s de Junta Directiva que considere necesarios para el adecuado funcionamiento de Ia Instituci\u00f3n, y establecer para cada uno de ellos las responsabilidades, objetivos, plan de trabajo y mecanismos de evaluaci\u00f3n de su desempe\u00f1o, a los que deber\u00e1n ajustarse.<\/li><li>Servir de \u00f3rgano constitutivo y asesor del Gerente, y ejercer las dem\u00e1s funciones que se adscriban en el Estatuto o en las leyes.<\/li><\/ol><p><strong>PAR\u00c1GRAFO PRIMERO- <\/strong>Dentro de la implementaci\u00f3n del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n de Riesgos y de cada uno de los Subsistemas de Administraci\u00f3n de Riesgos de la entidad, las funciones de la Junta Directiva son las siguientes:<\/p><ol><li>Aprobar las pol\u00edticas de la Instituci\u00f3n en materia de administraci\u00f3n de todos los riesgos que pueden afectar el logro de los objetivos, y que son presentadas por el Comit\u00e9 de Riesgos, a partir del trabajo con el \u00e1rea de gesti\u00f3n de riesgos.<\/li><li>Aprobar los reglamentos, manuales de procesos, procedimientos y funciones de las \u00e1reas pertenecientes a la Instituci\u00f3n, as\u00ed como sus respectivas actualizaciones.<\/li><li>Aprobar el C\u00f3digo de Conducta y de Buen Gobierno, el sistema de control interno, la estructura organizacional y tecnol\u00f3gica del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n de Riesgos.<\/li><li>Aprobar el dise\u00f1o y definir la periodicidad de los informes internos para los reportes de la gesti\u00f3n de los riesgos, especialmente los prioritarios que se van a presentar a las diferentes \u00e1reas de la Instituci\u00f3n.<\/li><\/ol><ol><li>Aprobar el marco general de indicadores de alerta temprana y los l\u00edmites de exposici\u00f3n como m\u00ednimo a los riesgos prioritarios.<\/li><li>Aprobar las actuaciones en caso de sobrepasar o exceder los l\u00edmites de exposici\u00f3n como m\u00ednimo frente a los riesgos prioritarios o cualquier excepci\u00f3n de las pol\u00edticas, as\u00ed como los planes de contingencia a adoptar en caso de presentarse escenarios extremos.<\/li><li>Conocer los resultados de las pruebas de tensi\u00f3n (stress test) en el caso que apliquen y el plan de acci\u00f3n a ejecutar con base en ellos, presentado por el Comit\u00e9 de Riesgos.<\/li><li>Garantizar los recursos t\u00e9cnicos y humanos que se requieran para implementar y mantener en funcionamiento el Sistema Integrado de Gesti\u00f3n de Riesgos, teniendo en cuenta las caracter\u00edsticas de cada riesgo y el tama\u00f1o y complejidad de la Instituci\u00f3n.<\/li><li>Realizar el nombramiento del Comit\u00e9 de Riesgos, definir sus funciones y aprobar su reglamento, de acuerdo con las normas legales que le apliquen.<\/li><li>Pronunciarse y hacer seguimiento sobre los informes peri\u00f3dicos que elabore el Comit\u00e9 de Riesgos y la Revisor\u00eda Fiscal, respecto a los niveles de riesgo asumidos por la IPS, las medidas correctivas aplicadas para que se cumplan los l\u00edmites de riesgo previamente establecidos y las observaciones o recomendaciones adoptadas para el adecuado desarrollo de cada uno de los Subsistemas de Administraci\u00f3n de Riesgo.<\/li><li>Designar la(s) instancia(s) responsable(s) del dise\u00f1o de las metodolog\u00edas, modelos e indicadores cualitativos y\/o cuantitativos de reconocido valor t\u00e9cnico para la oportuna detecci\u00f3n de la exposici\u00f3n como m\u00ednimo a los riesgos prioritarios en los casos que aplique.<\/li><li>Aprobar las metodolog\u00edas de segmentaci\u00f3n, identificaci\u00f3n, medici\u00f3n, control y monitoreo de los diferentes Subsistemas de Administraci\u00f3n de Riesgos, dise\u00f1adas por la instancia responsable.<\/li><li>Monitorear el cumplimiento de los lineamientos de los diferentes Subsistemas de Administraci\u00f3n de Riesgos promoviendo su continuo fortalecimiento y que la toma de decisiones este en funci\u00f3n de la selecci\u00f3n e implementaci\u00f3n de las estrategias para el tratamiento y control de los diversos riesgos y de su comportamiento.<\/li><\/ol><p><strong>PAR\u00c1GRAFO SEGUNDO.<\/strong> En adici\u00f3n a las obligaciones especiales asignadas a la Junta en los Estatutos u otras leyes, en materia de control interno, Ia Junta Directiva es Ia instancia responsable de:<\/p><ol><li>Participar en la planeaci\u00f3n estrat\u00e9gica de Ia Instituci\u00f3n, aprobarla y hacerle seguimiento, para determinar su ajuste, cuando se requiera.<\/li><li>Definir y aprobar las estrategias y pol\u00edticas generales relacionadas con el SCI, con fundamento en las recomendaciones de los Comit\u00e9s de Ia Junta Directiva.<\/li><li>Establecer mecanismos de evaluaci\u00f3n formal a Ia gesti\u00f3n de los administradores y sistemas de remuneraci\u00f3n e indemnizaci\u00f3n atados al cumplimiento de objetivos a largo plazo y los niveles de riesgo.<\/li><li>Definir claras l\u00edneas de responsabilidad y rendici\u00f3n de cuentas a trav\u00e9s de Ia organizaci\u00f3n.<\/li><li>Designar a los responsables del SCI de la Instituci\u00f3n.<\/li><li>Adoptar las medidas necesarias para garantizar la independencia del Auditor Interno y hacer seguimiento a su cumplimiento.<\/li><li>Conocer los informes relevantes respecto del SCI que sean presentados por los diferentes \u00f3rganos de control o supervisi\u00f3n, e impartir las \u00f3rdenes necesarias para que se adopten las recomendaciones y correctivos a que haya lugar.<\/li><li>Solicitar y estudiar, con Ia debida anticipaci\u00f3n, toda Ia informaci\u00f3n relevante que requiera para contar con Ia ilustraci\u00f3n suficiente para adoptar responsablemente las decisiones que le corresponden y solicitar asesor\u00eda experta, cuando sea necesario.<\/li><li>Requerir las aclaraciones y formular las objeciones que considere pertinentes respecto a los asuntos que se someten a su consideraci\u00f3n.<\/li><li>Aprobar los recursos suficientes para que el SCI cumpla sus objetivos.<\/li><li>Efectuar seguimiento en sus reuniones ordinarias directamente o a trav\u00e9s de informes peri\u00f3dicos que le presenten los Comit\u00e9s de Ia Junta Directiva, sobre Ia gesti\u00f3n de estos aspectos en Ia Instituci\u00f3n y las medidas m\u00e1s relevantes adoptadas para su control, por lo menos cada seis (6) meses, o con una frecuencia mayor si as\u00ed resulta procedente.<\/li><li>Evaluar las recomendaciones relevantes que formulen los Comit\u00e9s de Junta Directiva y de los otros \u00f3rganos de control internos y externos; adoptar las medidas pertinentes y hacer seguimiento a su cumplimiento.<\/li><li>Evaluar los estados financieros, con sus notas, antes de que sean presentados a la Asamblea General de Accionistas, teniendo en cuenta los informes y las recomendaciones que le presente el Comit\u00e9 de Contralor\u00eda Interna.<\/li><li>Presentar al final de cada ejercicio a la Asamblea General de Accionistas un informe sobre el resultado de Ia evaluaci\u00f3n del SCI y sus actuaciones sobre este.<\/li><\/ol><p><strong>ART. 17- RESPONSABILIDADES DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA. <\/strong>Sin perjuicio de las funciones espec\u00edficas de la Junta Directiva, las responsabilidades de los miembros de Junta estar\u00e1n enmarcadas en cuatro (4) \u00e1reas:<\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><ol><li><strong>Gobierno y \u00c9tica.<\/strong> La Junta Directiva tiene la responsabilidad de velar por su desempe\u00f1o, y de realizar un estricto seguimiento al sistema de Gobierno Corporativo, recomendar mejores pr\u00e1cticas y supervisar las comunicaciones y la transparencia de su gesti\u00f3n. La Junta, a trav\u00e9s del Comit\u00e9 de Gobierno Organizacional, tiene la labor de identificar y manejar los conflictos de inter\u00e9s que se presenten al interior de la Administraci\u00f3n, de la Junta y de los accionistas, el uso inapropiado de activos corporativos y los abusos en transacciones con partes relacionadas.<\/li><\/ol><p>Los Miembros de la Junta informaran a la Junta Directiva y a los miembros del Comit\u00e9 de Conducta y de Buen Gobierno, seg\u00fan el caso, las relaciones directas o indirectas que mantengan entre ellos, o con la IPS, o con proveedores, o con clientes o, con cualquier otro grupo de inter\u00e9s de las que pudieran derivarse situaciones de conflicto o influir en la direcci\u00f3n de su opini\u00f3n o voto. As\u00ed mismo, velar\u00e1n por el cumplimiento de los principios de actuaci\u00f3n declarados por la Sociedad.<\/p><ol><li><strong>Alta Gerencia.<\/strong> En relaci\u00f3n con el Gerente General, la Junta es responsable por su selecci\u00f3n, evaluaci\u00f3n, remuneraci\u00f3n, sustituci\u00f3n y asignaci\u00f3n de sus principales responsabilidades, al igual que por la supervisi\u00f3n del plan de sucesi\u00f3n. La Junta dise\u00f1ar\u00e1 el mecanismo de evaluaci\u00f3n de los Administradores de la Instituci\u00f3n con relaci\u00f3n a su gesti\u00f3n.<\/li><\/ol><ol><li>En lo referente a la operaci\u00f3n del negocio, la Junta Directiva tiene la responsabilidad de orientar y revisar la estrategia, los principales proyectos, la pol\u00edtica de riesgos, los presupuestos y los planes de negocio, fijar las metas de desempe\u00f1o, los indicadores de gesti\u00f3n y hacer seguimiento a las principales inversiones.<\/li><\/ol><p>Adicionalmente, tiene la responsabilidad de dar lineamientos en temas ambientales, sociales y de Gobierno Corporativo, los cuales deber\u00e1n ser valorados en forma previa, respecto a las posibles inversiones que vayan a ser realizadas por la Instituci\u00f3n y, de igual forma, verificar al cierre de cada una de ellas, el cumplimiento de estos.<\/p><ol><li>La Junta velar\u00e1 por la integridad de los sistemas de informaci\u00f3n gerencial, contables, financieros y de auditor\u00eda externa, la designaci\u00f3n del Auditor Interno, y por el adecuado funcionamiento de los sistemas de control financiero, administrativo, de riesgos y de cumplimiento.<\/li><\/ol><p style=\"text-align: center;\"><strong>CAP\u00cdTULO IV. Sobre el Presidente y Secretario de la Junta Directiva<\/strong><\/p><p><strong>ART. 18- PRESIDENTE. <\/strong>La Junta Directiva nombrar\u00e1 entre sus miembros principales\u00a0 un Presidente por cada reuni\u00f3n que se desarrolle. El Presidente de la Junta Directiva tendr\u00e1 las siguientes funciones:<\/p><ol><li>Asegurar que la Junta Directiva fije e implemente eficientemente la direcci\u00f3n estrat\u00e9gica de la Instituci\u00f3n.<\/li><li>Impulsar la acci\u00f3n de gobierno de la Instituci\u00f3n, actuando como enlace entre los accionistas y la Junta Directiva.<\/li><li>Coordinar y planificar el funcionamiento de la Junta Directiva mediante el establecimiento de un plan anual de trabajo basado en las funciones asignadas.<\/li><li>Realizar la convocatoria de las reuniones, directamente o por medio del Secretario de la Junta Directiva.<\/li><li>Preparar el Orden del D\u00eda de las reuniones, en coordinaci\u00f3n con el Gerente General, el Secretario de la Junta Directiva y los dem\u00e1s miembros.<\/li><li>Velar por la entrega, en tiempo y forma, de la informaci\u00f3n a los Miembros de Junta Directiva, directamente o por medio del Secretario de la Junta Directiva.<\/li><li>Presidir las reuniones y manejar los debates.<\/li><li>Velar por la ejecuci\u00f3n de los acuerdos de la Junta Directiva y efectuar el seguimiento de sus encargos y decisiones.<\/li><li>Monitorear la participaci\u00f3n activa de los miembros de la Junta Directiva.<\/li><li>Liderar el proceso de evaluaci\u00f3n anual de la Junta Directiva y los Comit\u00e9s, excepto su propia evaluaci\u00f3n.<\/li><\/ol><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p><strong>PAR\u00c1GRAFO PRIMERO.<\/strong> El Presidente de la Junta Directiva con la asistencia del Secretario y del Gerente General prepara un plan de trabajo de la Junta Directiva para el periodo evaluado, herramienta que facilita determinar el n\u00famero razonable de reuniones ordinarias por a\u00f1o y su duraci\u00f3n estimada.<\/p><p><strong>PAR\u00c1GRAFO SEGUNDO.<\/strong> El Presidente de la Junta Directiva asume, con el concurso del Secretario de la Junta Directiva, la responsabilidad \u00faltima de que los miembros reciban la informaci\u00f3n con antelaci\u00f3n suficiente y que la informaci\u00f3n sea \u00fatil, por lo que en el conjunto de documentos que se entrega a la Junta Directiva debe primar la calidad frente a la cantidad.<\/p><p><strong>ART. 19- SECRETARIO.<\/strong> Por cada reuni\u00f3n de la Junta Directiva se elegir\u00e1 un Secretario entre los miembros principales.<\/p><p><strong>ART. 20- FUNCIONES DEL SECRETARIO.<\/strong> El Secretario tendr\u00e1 las siguientes funciones:<\/p><ol><li>Suscribir, conjuntamente con el Presidente, las Actas de reuni\u00f3n de la Junta Directiva.<\/li><li>Elaborar y presentar documentos propios de la Junta Directiva (actas de reuni\u00f3n, presentaciones, informes, reportes, propuestas).<\/li><li>Clasificar, registrar y archivar comunicaciones y documentos propios de Junta Directiva.<\/li><li>Apoyar en la gesti\u00f3n operativa que requieran los miembros de Junta Directiva.<\/li><li>Velar por la legalidad formal de las actuaciones de la Junta Directiva y garantizar que sus procedimientos y reglas de gobierno sean respetados y regularmente revisados, de acuerdo con lo previsto en los Estatutos y dem\u00e1s normas internas de la Instituci\u00f3n.<\/li><\/ol><p><strong>ART. 21- COMIT\u00c9S DE LA JUNTA DIRECTIVA. <\/strong>La Junta Directiva contar\u00e1 con comit\u00e9s especializados para actuar como \u00f3rganos de estudio y apoyo en ciertas materias. Por regla general, los comit\u00e9s no son \u00f3rganos independientes de la Junta, sus funciones ser\u00e1n determinadas por la propia Junta en el reglamento que ella apruebe para cada uno de ellos.<\/p><p>Los Comit\u00e9s presentar\u00e1n informes o propuestas sobre temas concretos y la Junta adoptar\u00e1 las decisiones pertinentes. No obstante lo anterior, la Junta podr\u00e1 delegar expresamente en alguno de los comit\u00e9s el ejercicio de determinadas funciones cuando a bien lo considere.<\/p><p>Los comit\u00e9s de la Junta Directiva ser\u00e1n los siguientes:<\/p><ol><li>Comit\u00e9 de Contralor\u00eda Interna<\/li><li>Comit\u00e9 de Riesgos<\/li><li>Comit\u00e9 de Gobierno Organizacional<\/li><li>Comit\u00e9 de Conducta y de Buen Gobierno<\/li><\/ol><p>La Junta Directiva designar\u00e1 los miembros de cada comit\u00e9, definir\u00e1 los criterios correspondientes a la remuneraci\u00f3n de sus miembros y aprobar\u00e1 el reglamento que regir\u00e1 su funcionamiento. El per\u00edodo de sus integrantes ser\u00e1 el mismo per\u00edodo establecido para la Junta Directiva, pudiendo ser reelegidos o removidos en cualquier tiempo por ella. Para integrar los comit\u00e9s, la Junta tomar\u00e1 en consideraci\u00f3n los perfiles, conocimientos y experiencia profesional de sus miembros en relaci\u00f3n con la materia objeto del comit\u00e9.<\/p><p>El reglamento de los comit\u00e9s de la Junta Directiva deber\u00e1 regular los detalles de su conformaci\u00f3n, las materias y funciones sobre las que debe trabajar el Comit\u00e9, as\u00ed como su operatividad, y se regular\u00e1n los canales de comunicaci\u00f3n entre los Comit\u00e9s y la Junta Directiva.<\/p><p>Los Comit\u00e9s de la Junta Directiva tendr\u00e1n m\u00ednimo tres (3) integrantes, estar\u00e1n conformados exclusivamente por Miembros Independientes y\/o Miembros Patrimoniales, y ser\u00e1n presididos por un Miembro Independiente.<\/p><p>Los Comit\u00e9s de la Junta Directiva podr\u00e1n apoyarse en los miembros de la Alta Gerencia con experiencia sobre las materias de su competencia, as\u00ed como en expertos externos.<\/p><p>Actuar\u00e1 como Secretario de los comit\u00e9s el Asistente de Gobierno Corporativo de la Instituci\u00f3n, quien levantar\u00e1 el acta, y enviar\u00e1 copia a todos los miembros de la Junta Directiva. Las actas cumplir\u00e1n con los requisitos establecidos en la Ley.<\/p><p><strong>ART. 22- DEBERES\u00a0 DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA<\/strong>. Los miembros de la Junta Directiva se constituyen en los guardianes de los derechos de los accionistas frente a la Sociedad. En este sentido, adem\u00e1s del deber de acatar las leyes vigentes, deben observar las normas internas de la Instituci\u00f3n contenidas en los Estatutos, C\u00f3digo de Conducta y de Buen Gobierno y dem\u00e1s reglamentos internos.<\/p><p>El comportamiento de los miembros de Junta debe seguir una serie de lineamientos que los enfoque hacia una labor objetiva y transparente, cumpliendo a cabalidad sus diferentes responsabilidades y los principios de la IPS. Los miembros de la Junta Directiva tendr\u00e1n en cuenta los siguientes Deberes, para el ejercicio de sus funciones, los cuales ser\u00e1n de estricto cumplimiento para mantener la mayor objetividad, independencia y conocimiento en la toma de decisiones.<\/p><ol><li><strong>Deber de Diligencia o Debido cuidado<\/strong>: Los miembros de Junta se informar\u00e1n adecuadamente y actuar\u00e1n de buena fe, con la debida diligencia y cuidado, velando siempre por los intereses de la Instituci\u00f3n y de sus accionistas. Si bien los miembros de la Junta tienen derecho a recibir la informaci\u00f3n de la IPS para el ejercicio de su labor, es su deber mantenerse informados acerca de los acontecimientos que ocurren en el entorno de la Sociedad con el fin de formular recomendaciones a la Alta Gerencia y tener conocimiento adecuado para la toma de decisiones.<\/li><\/ol><ol><li><strong>Deber de Lealtad:<\/strong> Los miembros de la Junta deber\u00e1n tomar las decisiones en forma equitativa y justa, aplicando de forma objetiva su propio criterio, en forma independiente y velando siempre por los intereses de la Instituci\u00f3n y sus accionistas. En la toma de decisiones, estos garantizar\u00e1n el cumplimiento de las leyes aplicables, de los Estatutos y del C\u00f3digo de Conducta y de Buen Gobierno, y tendr\u00e1n en cuenta las consideraciones de los grupos de inter\u00e9s relacionados con la IPS.<\/li><\/ol><ol><li><strong>Deber de No competencia:<\/strong> Los miembros de la Junta no podr\u00e1n competir directa ni indirectamente con la Instituci\u00f3n. No podr\u00e1n ser accionistas mayoritarios en IPS Cuidado Seguro en Casa S.A. que tengan el mismo objeto social de la IPS.<\/li><\/ol><ol><li><strong>Deber de Secreto:<\/strong> Toda la informaci\u00f3n que reciban en su condici\u00f3n de miembros de la Junta Directiva tendr\u00e1 el car\u00e1cter de confidencial mientras no haya sido divulgada al p\u00fablico, por lo tanto, los miembros de la Junta Directiva tienen el deber de no revelar esta informaci\u00f3n a terceros.<\/li><\/ol><ol><li><strong>Deber de No uso de los activos sociales:<\/strong> Los activos de la Instituci\u00f3n deben ser utilizados en beneficio de la Sociedad y de todos sus accionistas. Ning\u00fan miembro de la junta Directiva podr\u00e1 hacer uso de los activos sociales en beneficio propio o para beneficio de un tercero en detrimento de la Instituci\u00f3n o de los dem\u00e1s accionistas.<\/li><\/ol><p><strong>ART. 23- DERECHOS DE LOS MIEMBROS DE JUNTA DIRECTIVA.<\/strong> Para el ejercicio de sus funciones, los miembros de la Junta Directiva tienen los siguientes derechos:<\/p><ol><li><strong>Derecho de informaci\u00f3n:<\/strong> Los miembros de la Junta Directiva tienen derecho a estar informados de los acontecimientos que ocurren en la Instituci\u00f3n. Previa a la toma de cualquier decisi\u00f3n, deber\u00e1n contar con la informaci\u00f3n necesaria que les permita realizar un an\u00e1lisis objetivo y adecuado para expresar su voluntad. En este sentido, en cualquier momento los miembros de la Junta pueden realizar solicitud de informaci\u00f3n a la Alta Gerencia.<\/li><\/ol><ol><li><strong>Derecho a contar con la opini\u00f3n de expertos:<\/strong> La Junta Directiva podr\u00e1 autorizar la contrataci\u00f3n de un asesor externo, cuando a criterio de la mayor\u00eda de sus miembros, se requiera para un tema espec\u00edfico.<\/li><\/ol><ol><li><strong>Derecho de remuneraci\u00f3n<\/strong>: Los miembros de la Junta Directiva tendr\u00e1n derecho a los honorarios aprobados por la Asamblea General de Accionistas as\u00ed como a los que fije la propia Junta Directiva por la participaci\u00f3n en los Comit\u00e9s.<\/li><\/ol><ol><li><strong>Derecho de inducci\u00f3n y entrenamiento permanente:<\/strong> Cuando un miembro de la Junta sea elegido por primera vez, tendr\u00e1 un proceso de inducci\u00f3n a trav\u00e9s del cual se le d\u00e9 a conocer la situaci\u00f3n de la Instituci\u00f3n y su entorno. Adicionalmente, de manera permanente y continua, los miembros de la Junta Directiva podr\u00e1n recibir formaci\u00f3n en temas puntuales, encaminados a optimizar su participaci\u00f3n y sus aportes para el buen funcionamiento de la IPS.<\/li><\/ol><p><strong>ART. 24- EVALUACI\u00d3N DE LA JUNTA DIRECTIVA. <\/strong>La gesti\u00f3n de la Junta Directiva como \u00f3rgano colegiado, la de sus comit\u00e9s y de sus miembros se evaluar\u00e1 anualmente mediante un proceso de auto evaluaci\u00f3n, por el Comit\u00e9 de Gobierno Organizacional que tendr\u00e1 en cuenta, entre otros: el \u00a0seguimiento que realicen a los principales aspectos de la Instituci\u00f3n, la evaluaci\u00f3n de sus tareas y su contribuci\u00f3n para definir las estrategias y proyecci\u00f3n de la IPS, sujeci\u00f3n de sus actuaciones a los principios corporativos, cumplimiento de lo establecido en el C\u00f3digo de Conducta y de Buen Gobierno, participaci\u00f3n en espacios de formaci\u00f3n programados, conocimiento sobre la Instituci\u00f3n, \u00a0asistencia a las reuniones, y participaci\u00f3n activa en la toma de decisiones. La auto evaluaci\u00f3n a cargo del Comit\u00e9 de Gobierno Organizacional podr\u00e1 complementarse con una evaluaci\u00f3n a cargo de un tercero seg\u00fan lo determin\u00e9 este Comit\u00e9.<\/p><p>Los resultados de la evaluaci\u00f3n ser\u00e1n incorporados en el informe anual de Gobierno Organizacional de la Instituci\u00f3n.<\/p><p><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p style=\"text-align: center;\"><strong>CAP\u00cdTULO V. Disposiciones finales<\/strong><\/p><p><strong>ART. 25- Interpretaci\u00f3n y Prelaci\u00f3n:<\/strong> Los Estatutos Sociales y el C\u00f3digo de Conducta y de Buen Gobierno primar\u00e1n sobre el presente Reglamento en el evento de cualquier vac\u00edo, inconsistencia o conflicto.<\/p><p><strong>ART. 27- Vigencia:<\/strong> El presente Reglamento rige y aplica desde el momento de su aprobaci\u00f3n.<\/p><p><strong>ART. 28- Publicidad:<\/strong> El texto completo del presente Reglamento se publicar\u00e1 en la p\u00e1gina web de la Instituci\u00f3n.<\/p><p>Se aprueba y firma en Cartagena, el xxxde xxx de 2022.<\/p><p><strong>ADOLFO RAM\u00cdREZ ACOSTA \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0ALVARO MORELO VERGEL\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 AIRLIES TORRES RAMOS<\/strong><\/p><p>Titular Junta Directiva\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Titular Junta Directiva\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Titular Junta Directiva<\/p>\t\t\t\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/section>\n\t\t\t\t<section class=\"elementor-section elementor-top-section elementor-element elementor-element-f8b5ab9 elementor-section-boxed elementor-section-height-default elementor-section-height-default wpr-particle-no wpr-jarallax-no wpr-parallax-no wpr-sticky-section-no wpr-equal-height-no\" data-id=\"f8b5ab9\" data-element_type=\"section\" data-e-type=\"section\" data-settings=\"{&quot;_ha_eqh_enable&quot;:false}\">\n\t\t\t\t\t\t<div class=\"elementor-container elementor-column-gap-default\">\n\t\t\t\t\t<div class=\"elementor-column elementor-col-100 elementor-top-column elementor-element elementor-element-309584c\" data-id=\"309584c\" data-element_type=\"column\" data-e-type=\"column\">\n\t\t\t<div class=\"elementor-widget-wrap\">\n\t\t\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/section>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Reglamentos de Operaci\u00f3n Reglamento De La Junta Directiva PRE\u00c1MBULO IPS CUIDADO SEGURO EN CASA S.A. es consciente de la importancia del rol de la Junta Directiva dentro de su actividad. Como \u00f3rgano de administraci\u00f3n, tiene un car\u00e1cter deliberante, profesional, y es garante de los derechos de todos los accionistas. En este sentido, la Junta Directiva de la IPS tiene unas funciones esenciales e irrenunciables relacionadas con la estrategia de la Instituci\u00f3n, la supervisi\u00f3n de temas clave para su desarrollo y sostenibilidad, as\u00ed como el control de sus negocios y gobierno. Como m\u00e1ximo \u00f3rgano de administraci\u00f3n, y en concordancia con el art\u00edculo 46 de los Estatutos sociales, en la Junta Directiva se entiende delegado el m\u00e1s amplio mandato para administrar la Sociedad y por consiguiente, tendr\u00e1 atribuciones suficientes para ordenar que se ejecute o celebre cualquier acto o contrato comprendido dentro del objeto social y para adoptar las determinaciones necesarias en orden a que IPS CUIDADO SEGURO EN CASA S.A. cumpla sus fines. A continuaci\u00f3n, se establece el Reglamento Interno de la Junta Directiva de IPS CUIDADO SEGURO EN CASA S.A., que regula su organizaci\u00f3n y funcionamiento, las funciones y responsabilidades de sus miembros, de su Presidente y del Secretario, as\u00ed como sus deberes y derechos. Este reglamento ser\u00e1 vinculante y deber\u00e1 ser difundido a los Accionistas a trav\u00e9s de la p\u00e1gina web de la Sociedad. CAP\u00cdTULO I. Sobre la Junta Directiva ART. 1&#8211; COMPOSICI\u00d3N. La Junta Directiva la integran tres (3) Miembros Principales elegidos por la Asamblea General de Accionistas para un per\u00edodo de tres (3) a\u00f1os, sin perjuicio de que puedan ser removidos libremente por la Asamblea o reelegidos indefinidamente. Simult\u00e1neamente con la elecci\u00f3n de los principales, la Asamblea elegir\u00e1 tres (3) suplentes de n\u00famero, los cuales en el orden de su designaci\u00f3n reemplazaran a los principales en sus faltas absolutas o temporales. La Instituci\u00f3n reconoce la importancia de contar con una Junta Directiva diversa, esto es, personas con diferentes conocimientos, perspectivas, creencias, g\u00e9nero, origen \u00e9tnico, preferencia pol\u00edtica, habilidades profesionales y personales que promueva el an\u00e1lisis y enriquezcan los debates con distintos puntos de vista para la toma de decisiones. Bajo este entendimiento, los accionistas propender\u00e1n que, en la elaboraci\u00f3n de las listas de candidatos a miembros de la Junta Directiva que se someter\u00e1n a consideraci\u00f3n de la Asamblea General de Accionistas, se tengan en cuenta los mencionados criterios. ART. 2- ORIGEN DE LOS MIEMBROS DE JUNTA DIRECTIVA. Seg\u00fan su origen, los distintos miembros de la Junta Directiva se clasificar\u00e1n de la siguiente manera: Miembros Independientes: Corresponde a aquellos miembros de la Junta que cumplan con los requisitos establecidos en la legislaci\u00f3n y regulaci\u00f3n aplicables para ser considerados como independientes. Miembros No Independientes: Corresponde a aquellos miembros de la Junta que no cumplan con los requisitos establecidos en la legislaci\u00f3n y regulaci\u00f3n aplicables para ser considerados como Independientes. A su vez, estos miembros de la Junta Directiva se podr\u00e1n clasificar adem\u00e1s como: Miembros Patrimoniales: Corresponde a aquellos Miembros No Independientes que sean accionistas de la Sociedad o hubieren sido expresamente postulados por un accionista persona jur\u00eddica o natural o grupo de accionistas para integrar la Junta Directiva. Miembros Ejecutivos: Corresponde a aquellos Miembros No Independientes que ostenten la calidad de representantes legales de la Sociedad o hagan parte de la alta gerencia de esta. El n\u00famero de Miembros Independientes de la Junta Directiva ser\u00e1 m\u00ednimo uno (1). \u00a0Los Miembros Independientes y Patrimoniales ser\u00e1n siempre mayor\u00eda respecto a los Miembros Ejecutivos. Para la elecci\u00f3n de la Junta Directiva se dar\u00e1 aplicaci\u00f3n al sistema del cuociente electoral, en la forma prescrita por la Ley, a menos que la elecci\u00f3n se produzca por unanimidad de los votos correspondientes a las acciones representadas en la reuni\u00f3n. Una vez elegidos los miembros de Junta Directiva, sus hojas de vida se conservan siguiendo las normas legales y se encuentran a disposici\u00f3n de quien pueda consultarlas de acuerdo con tales normas. As\u00ed mismo, en la p\u00e1gina web de la Instituci\u00f3n se identifica para cada uno, su condici\u00f3n de Miembro Ejecutivo, Miembro Independiente o Miembro Patrimonial. PARAGR\u00c1FO PRIMERO. De acuerdo con la CE 003 de 2018 emitida por la Superintendencia Nacional de Salud, se considera Miembro Independiente de la Junta Directiva, quien en ning\u00fan caso sea: Empleado o directivo de Ia IPS, o de alguna de sus filiales, subsidiarias o controlantes, incluyendo aquellas personas que hubieren tenido tal calidad durante el a\u00f1o inmediatamente anterior a la designaci\u00f3n, salvo que se trate de Ia reelecci\u00f3n de una persona independiente. Accionista que directamente o en virtud de convenio dirija, orienten o controlen Ia mayor\u00eda de los derechos de voto de Ia entidad o que determine Ia composici\u00f3n mayoritaria de los \u00f3rganos de administraci\u00f3n, de direcci\u00f3n a de control de esta. Socio o empleado de asociaciones o sociedades que presten servicios de asesor\u00eda o consultor\u00eda a Ia IPS, cuando los ingresos por dicho concepto representen para aquellos, el veinte por ciento (20%) o m\u00e1s de sus ingresos operacionales. Empleado o directivo de una fundaci\u00f3n, asociaci\u00f3n o sociedad que reciba donativos importantes de Ia IPS. Se consideran donativos importantes aquellos que representen m\u00e9s del veinte por ciento (20%) del total de donativos recibidos por Ia respectiva instituci\u00f3n. Administrador de una entidad en cuya Junta Directiva participe un Representante Legal (Principal o Suplente) de Ia IPS. Persona natural que reciba directamente de Ia IPS alguna remuneraci\u00f3n diferente a los honorarios como miembro de Ia Junta Directiva, del Comit\u00e9 de Contralor\u00eda Interna o de cualquier otro Comit\u00e9 creado por la Junta Directiva. ART.3- CRITERIOS DE SELECCI\u00d3N. Adicional a los criterios generales establecidos en el C\u00f3digo de Conducta y de Buen Gobierno de la IPS, la Asamblea de Accionistas tendr\u00e1 en cuenta los siguientes aspectos: La edad m\u00e1xima de elecci\u00f3n para ingresar a la Junta Directiva ser\u00e1 de 70 a\u00f1os. El candidato deber\u00e1 acreditar experiencia en participaci\u00f3n en Juntas Directivas de empresas comparables a nivel nacional o internacional. El interesado no podr\u00e1, directa o por interpuesta persona, participar en actividades que impliquen competencia con la Instituci\u00f3n. El empleado, socio, c\u00f3nyuge o compa\u00f1ero permanente,<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"parent":0,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"footnotes":""},"class_list":["post-1110","page","type-page","status-publish","hentry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/cuidadoseguro.com.co\/csc3\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/1110","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/cuidadoseguro.com.co\/csc3\/wp-json\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/cuidadoseguro.com.co\/csc3\/wp-json\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/cuidadoseguro.com.co\/csc3\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/cuidadoseguro.com.co\/csc3\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1110"}],"version-history":[{"count":6,"href":"https:\/\/cuidadoseguro.com.co\/csc3\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/1110\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2543,"href":"https:\/\/cuidadoseguro.com.co\/csc3\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/1110\/revisions\/2543"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/cuidadoseguro.com.co\/csc3\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1110"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}